Protocolo distrito sanitario a estudiantes extranjeros con problemas sanitarios específicos

La Universidad de Granada junto con el Distrito Sanitario de Granada, han acordado el siguiente protocolo de actuación para regular la asistencia sanitaria a estudiantes universitarios extranjeros con problemas sanitarios específicos.

El objetivo del mismo es atender las demandas sanitarias de esta índole de los estudiantes extranjeros matriculados en la Universidad de Granada de manera coordinada entre ambas Instituciones (Distrito Sanitario Granada y Universidad de Granada) de acuerdo a los siguientes criterios: 

  1. Los/las destinatarios/as serán:
    1. Los/las estudiantes universitarios que procedan de países no pertenecientes a la Unión Europea y/o al Espacio Económico Europeo y que tengan una situación socioeconómica deficitaria. 
    2. Los/las estudiantes beneficiarios/as de convenios bilaterales con España en materia de asistencia sanitaria. Estos/estas estudiantes, deberán padecer algunas de las enfermedades previstas en la “cartera específica de servicios” para este colectivo acordada en reuniones previas entre ambas Instituciones, para las que se necesiten tratamiento médico continuo. 
  2. Los/las estudiantes que, realizando sus estudios en la Universidad de Granada, estuvieran becados por Organismos públicos o privados que incluyan asistencia sanitaria en dichas becas, quedarán excluidos de este derecho.
  3. Las solicitudes se presentarán en el Gabinete de Atención Social al Estudiante (GAE) del Vicerrectorado de Estudiantes junto con certificados médicos acreditativos de la enfermedad que padezcan, documentación que acredite la situación socioeconómica y familiar, la tarjeta de estudiante y cualquier otro documento que pueda requerírsele. 
  4. En el supuesto de no acreditar la documentación médica exigida, serán los propios servicios médicos dependientes del Distrito Sanitario de Granada los encargados de valorar el estado de salud-enfermedad de los mismos. 
  5. Las alumnas que requieran asistencia sanitaria por embarazo o interrupción del mismo, deberán aportar certificados médicos acreditativos de dicha situación y periodo de gestación en el que se encuentran. 
  6. Las Trabajadoras Sociales del GAE, previo estudio de las solicitudes presentadas, emitirán escrito de propuesta de concesión al Distrito Sanitario GranadaMetropolitano. (La solicitud de concesión se enviará por FAX y la restante documentación será presentada por el propio estudiante en el Servicio de Atención a la Ciudadanía en  Av. del Conocimiento, 16, 18100 Armilla, Granada)
  7. La duración del “documento del derecho a asistencia sanitaria” se formalizará por periodos coincidentes con los cursos académicos (cuatrimestrales o semestrales) y con la finalidad de que el/la estudiante no quede sin cobertura sanitaria mientras gestiona algún convenio bilateral o seguro médico o póliza de asistencia sanitaria privada. No obstante, se valorará, tras la finalización del periodo concedido, la continuidad de la prestación sanitaria. 
  8. El mal uso o abuso de esta prestación sanitaria conllevará a la pérdida del “documento del derecho a asistencia sanitaria” 
  9. Tanto los responsables de coordinación del Servicio de Atención al Usuario del Distrito como los del Gabinete de Atención Social de la Universidad de Granada se reunirán, al menos, dos veces al año para valorar los resultados de esta prestación.

Granada, mayo del 2013 

Cartera específica de servicios:

  • Control de embarazo, parto y puerperio 
  • Interrupción voluntaria de embarazo 
  • Enfermedades de transmisión sexual 
  • Enfermedades infectocontagiosas crónicas: VIH-SIDA, tuberculosis, Lepra, hepatitis,... 
  • Enfermedades tropicales 
  • Enfermedades raras o de baja prevalencia.
  • Problemas de salud mental 
  • Asma